Los errores están en la puerta de la entrada de cada institución aseguradora,
Es común este cuestionamiento y dentro de la práctica profesional como abogados nos encontramos con muchos errores que vienen desde el momento de la elaboración de las pólizas (individuales y grupales) dando pauta para que la aseguradora al momento que se le solicita la indemnización pueda emitir una negativa por esos errores que no se previnieron, incluso en algunas ocaiones la aseguradora “intenta” otorgar asesoraría para solicitar el pago del siniestro pero lamentablemente ese intento lo hace de manera errónea empeorando la situación jurídica en la que se encuentra el beneficiario; entre los errores más comunes consiste en la inexactitud del nombre correcto del beneficiario y nos preguntamos
¿De quién es el error?
Del agente de seguros o de la aseguradora. La mayoría de los errores inician con el agente de seguros por escribir incorrectamente el nombre tanto del asegurado como del beneficiario provocando que la emisión de la póliza sea de manera incorrecta, pero también es común que la aseguradora se equivoque al momento de capturar los datos del beneficiario incluso al grado de escribir el nombre completamente distinto al real ocasionando una causal de improcedencia para la indemnización.
Estos errores se previenen al momento que se hace entrega de la póliza del seguro y se puede lograr revisando de manera minuciosa los datos de los beneficiarios, pero aun asi de manera legal tiene solución.
Otro error muy común donde la aseguradora no va a indemnizar al beneficiario originando nuevamente que se actualice el siguiente cuestionamiento:
¿Por qué no me paga una aseguradora el seguro de vida si soy beneficiario?
Es por la “falta de pago a la poliza”, es decir, el seguro no estaba pagado al momento del siniestro. Esto se debe porque dentro de los sistemas de las aseguradoras no se ven reflejados los pagos del recibo correspondiente a la poliza del seguro que se pretende reclamar.
El beneficiario cuando solicita su reclamación y la aseguradora le manifiesta que no procede la indemnización por falta de pago en ocasiones es incorrecto porque la realidad es que si estaba pagada la poliza del seguro pero al momento de la reclamación no estaba actualizado el recibo.
El principal criterio para el rechazo de una indemnización respecto al seguro de vida proviene de las “omisiones o inexactas declaraciones” considerando como uno de los principales motivo de rechazo en la indemnización sobre los seguros de vida, declaración vulnerable que practican las aseguradoras al momento de la negativa lo que da origen a gestionarlo via judicial con los tribunales competentes. Las omisiones o inexactas declaraciones provocan que a partir de los 2 años el seguro de vida se vuelva Indisputable. Pero el la interrogante es ¿Qué es una omisión? Y que es una inexacta declaración?
NO te pierdas la continuación sobre las omiciones o inexactas declaraciones.